La UE propone un documento que describe las excepciones a la regulación MiCA - CryptoInfoNet

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El año pasado, la Unión Europea votó por unanimidad a favor del proyecto de ley de Mercados de Criptoactivos (MiCA), considerado por la mayoría como la primera legislación integral que aborda la industria de las criptomonedas en su conjunto.

MiCA es, en sí misma, parte de un conjunto más amplio de leyes financieras conocido como DORA, pero también ha dado a muchas empresas de cifrado una razón para considerar trasladar la mayor parte de sus operaciones al otro lado del océano.

Varios ajustes al proyecto de ley

Aunque MiCA se publicó en junio de 2023, ya ha habido dos sesiones de consulta sobre el proyecto de ley (y otra en abril) antes de que la primera parte de la legislación entre en vigor en junio de 2024. Se espera que las demás disposiciones entren en vigor en Diciembre de 2024.

Las excepciones propuestas permitirían a los clientes europeos más libertad y al mismo tiempo protegerían a aquellos menos conocedores de la tecnología.

Permitir la “solicitud inversa”

El documento Subido La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha tenido en cuenta los comentarios previos sobre las empresas que operan fuera de la UE y ha decidido hacer excepciones para ellas cuando sea necesario.

Mientras que anteriormente, la autoridad tenía la intención de prohibir a las empresas no pertenecientes a la UE ofrecer criptoactivos y servicios a ciudadanos de la UE, la nueva disposición les permitirá hacerlo si se produce una solicitud inversa, es decir, un ciudadano de la UE solicita explícitamente cualquiera de estos a un proveedor.

Esto permitiría a los inversores criptográficos experimentados que buscan ofertas de nicho tener más capacidad para invertir legalmente y al mismo tiempo protegería a los inversores inexpertos de las posibles consecuencias de tratar con empresas en las que los recursos legales pueden ser más difíciles.

“ESMA subrayó anteriormente que la prestación de servicios o actividades de criptoactivos por parte de una empresa de un tercer país está estrictamente limitada según MiCA a los casos en que dicho servicio se inicia por iniciativa exclusiva de un cliente. Esta exención debe entenderse en un marco muy restringido […] y no puede asumirse ni explotarse para eludir MiCA. La AEVM y las autoridades nacionales competentes, a través de sus poderes de supervisión y aplicación, tomarán todas las medidas necesarias para proteger activamente a los inversores con sede en la UE y a los proveedores de servicios de criptoactivos que cumplen con MiCA de incursiones indebidas”.

La ESMA recomienda que los inversores lean el documento y envíen cualquier solicitud al respecto antes del 29 de abril, cuando los reguladores lo discutirán.

El regulador también solicita comentarios sobre la posible calificación de los criptoactivos como instrumentos financieros, definidos como un contrato monetario. Si un activo criptográfico calificara como un contrato monetario, ya no estaría sujeto a MiCA, sino que estaría bajo el ámbito regulatorio de otro proyecto de ley conocido como MiFID II.

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