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Sancionar un protocolo de criptomonedas: ¿Qué significa eso para Web3?

  • La OFAC de EE. UU. sancionó recientemente a un "mezclador" de criptomonedas por supuesto uso en el lavado de dinero.

  • Es la primera vez que la OFAC sanciona un protocolo de software, en lugar de una persona física o jurídica.

  • La decisión tiene implicaciones para el desarrollo de Web3.

En agosto de 2022, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos sancionada un "mezclador" de criptomonedas, programas utilizados para aumentar el anonimato de las transacciones criptográficas, por su supuesto uso en el lavado de dinero. También incluyó en la lista negra una serie de direcciones de Ethereum asociadas con el protocolo. La sanción y la correspondiente respuesta de los actores afectados suscitó un intenso debate en los círculos de criptomonedas y más allá sobre cómo deberían regularse los protocolos sin permiso.

¿Cuáles son las sanciones de la OFAC?

La OFAC administra sanciones comerciales y económicas a países y personas (tanto físicas como jurídicas) involucradas en actividades que amenazan la seguridad o la estabilidad financiera de los EE. UU., como el terrorismo, el tráfico de drogas y el lavado de dinero.

Una de sus principales herramientas es la Lista de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas (SDN): una lista de sus personas físicas y jurídicas sancionadas. A las personas sancionadas se les congelan sus activos bajo la jurisdicción de los EE. UU. y, en general, a las personas estadounidenses se les prohíbe tratar con personas sancionadas. Al aislar a las personas sancionadas del sistema financiero de EE. UU., se vuelve muy difícil para esas personas hacer negocios internacionales, especialmente cuando realizan transacciones en dólares estadounidenses. Este no es el primer roce de la OFAC con el espacio criptográfico, ya que previamente sancionó a empresas criptográficas o protocolos controlados por entidades centralizadas. Sin embargo, el movimiento reciente representa la primera vez que se sanciona a una persona que no es un individuo o una entidad, lo que crea un precedente poco claro para los protocolos de código abierto que son, en esencia, piezas de código/software o herramientas tecnológicas utilizadas para algún fin.

El impacto de las sanciones de la OFAC es que cualquier persona/cualquier billetera (léase personas y empresas de EE. UU., e indirectamente, ciudadanos e instituciones de otros países que tengan una relación con personas o empresas de EE. UU.) que interactúe con la entidad/protocolo sancionado y el Ethereum mencionado. las direcciones serían estrictamente responsables bajo la ley estadounidense. Desde el anuncio de la OFAC, las partes interesadas en el ecosistema se han dividido sobre la idoneidad y viabilidad de las sanciones.

¿Cómo afectará la decisión a Web3?

Web3 – el visión de un Internet nuevo y mejor, a menudo se caracteriza por los principios rectores de ser descentralizado, sin permiso y sin confianza. En lugar de que unos pocos jugadores centrales monopolicen la web, el objetivo es que la comunidad de usuarios construya, opere y sea dueña de la web, lo que potencialmente implica una distribución más justa del valor generado entre los participantes. Si bien Web3 presenta formas novedosas de coordinar actividades entre jurisdicciones de manera más efectiva y justa, y de preservar la privacidad y la propiedad de activos y datos, también trae consigo preocupaciones regulatorias, especialmente relacionadas con el lavado de dinero, la protección del consumidor y la estabilidad financiera.
El anuncio de sanciones de la OFAC destaca la necesidad de que el ecosistema Web3 se centre colectivamente en el desarrollo de soluciones que sean preventivas y curativas. Imagen: Análisis de cadena

A la luz de varios hacks y exploits a gran escala, especialmente donde se han utilizado mezcladores criptográficos para encubrir fondos, el anuncio de sanciones de la OFAC antes mencionado destaca la necesidad de que el ecosistema Web3 se centre colectivamente en el desarrollo de soluciones que sean preventivas y curativas, es decir, prevenir a los malos actores. del mal uso de la tecnología y la aplicación de sanciones cuando se identifiquen tales malos actores/acciones. Por otro lado, las sanciones marcan la primera vez que se agrega a la SDN un software no personal/de código abierto (ni una persona física ni jurídica), lo que genera dudas sobre la proporcionalidad de la medida.

¿Cómo cumplen los protocolos sin permiso los requisitos de cumplimiento?

A raíz de las sanciones de la OFAC, los protocolos "sin permiso" se han apresurado a cumplir con los requisitos de cumplimiento de diferentes maneras. Blockchains sin permiso y los protocolos se caracterizan por su acceso abierto para su uso por cualquier persona sin autorización, así como por su resistencia a la censura, en la que es imposible o extremadamente difícil prohibir transacciones hacia o desde un usuario. Esto se debe a que los contratos inteligentes que subyacen a dichos protocolos son "inmutables", o en otras palabras, los datos que almacenan no se pueden modificar.

Cuando se enfrentan a requisitos de cumplimiento de sanciones, los protocolos de finanzas descentralizadas (DeFi) a menudo usan herramientas de análisis y análisis forense de blockchain para bloquear las direcciones que interactuaron con la entidad/direcciones sancionadas para que no usen las aplicaciones web frontales de los protocolos. Si bien tal acción evita que una dirección incluida en la lista negra se asocie con la interfaz de usuario frontal o la aplicación utilizada para interactuar con el contrato inteligente del protocolo, las personas con conocimientos de tecnología (como los piratas informáticos) pueden usar una "función de llamada" para acceder directamente al inteligente. contrato y eludir la aplicación de front-end, incluidas sus medidas de lista negra. Por lo tanto, las direcciones incluidas en la lista negra pueden continuar usando dichos protocolos incluso una vez que estén en la lista negra a nivel de la aplicación. Sin embargo, las listas negras impiden que los usuarios promedio no técnicos interactúen con el protocolo cuando dichos usuarios están espolvoreado con fondos sancionados.

Aunque no es tan común, algunos protocolos sin permiso pueden optar por incorporar una función de lista negra, no a nivel de aplicación, sino directamente en sus contratos inteligentes. Esto permite bloquear direcciones sancionadas específicas a nivel de contrato inteligente, introduciendo así elementos de centralización en un ecosistema que de otro modo no tendría permisos.

Como tal, sancionar un protocolo sin permiso descentralizado, aunque no asegura su desaparición, tiende a hacer que el protocolo sea inaccesible para el usuario promedio y reduce sus efectos de red a medida que varios actores buscan cumplir con las regulaciones.

¿Podría la decisión tener consecuencias no deseadas?

Las sanciones, si bien tienen la intención de apuntar a los malos actores en el espacio, podrían tener un impacto colateral en aquellos que buscan innovar y construir un ecosistema mejor y/o más descentralizado. Las sanciones y la falta de claridad sobre sus mecanismos de aplicación pueden aumentar la dificultad existente que enfrentan las empresas de Web3 y otras entidades asociadas con las criptomonedas para acceder a los servicios de entrada y salida a través del sistema bancario fiduciario.

Dado que las sanciones se basan en la aplicación proactiva por parte de los bancos y otras instituciones financieras, dichas entidades pueden pecar de cautelosas y ser demasiado restrictivas con sus medidas de cumplimiento.

Dependiendo de las circunstancias específicas, las instituciones que no cumplen pueden verse bloqueadas de participar en el sistema financiero global. Como tal, puede resultar en el cierre de nuevos usuarios de Web3, mientras que potencialmente elimina la plataforma de los existentes. Los requisitos de conocimiento de su negocio para las empresas de Web3 podrían volverse más estrictos, lo que nuevamente dificultaría que dichas empresas accedan a la banca fiduciaria.

Las sanciones recientes también han puesto de relieve los problemas de responsabilidad de los desarrolladores, ya que los contribuyentes individuales de los proyectos de código abierto pueden ser considerados responsables de facilitar acciones delictivas en los protocolos sin permiso que crearon. En este contexto, se vuelve cada vez más importante que las empresas Web3 no constituidas en sociedad consideren soluciones legales para minimizar el riesgo, una de las cuales puede ser adoptar un envoltorio legal o, en otras palabras, incorporarse como una entidad legal. Esto, entre otros beneficios, protegería a los miembros/empleados de la responsabilidad individual en la mayoría de los casos al transferir la responsabilidad a la entidad legal.

Enlace: https://www.weforum.org/agenda/2022/10/cryptocurrency-regulation-sanctions-web3/?utm_source=pocket_saves

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