Investigadores de derecho tributario proponen marco del IRS para deducir pérdidas criptográficas

Investigadores de derecho tributario proponen marco del IRS para deducir pérdidas criptográficas

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Investigadores de la Universidad de Indiana y la Universidad de Maine publicaron recientemente un estudio que examina el estado actual de la ley fiscal de criptomonedas en los Estados Unidos. La investigación concluye con recomendaciones para el Servicio de Impuestos Internos (IRS) que, si se adoptan, evitarían que los contribuyentes sopesen las pérdidas criptográficas con otras ganancias de capital.

El documento, denominado simplemente "Pérdidas criptográficas", busca definir las diversas formas de pérdidas que pueden acumular las empresas y los individuos que invierten en criptomonedas y propone un "nuevo marco fiscal".

Las pautas actuales del IRS con respecto a la criptomoneda son algo nebulosas. En su mayor parte, como señalan los investigadores, las pérdidas de criptomonedas tienden a seguir las mismas reglas fiscales que otros activos de capital. Por lo general, son deducibles de las ganancias de capital (pero no de otras ganancias, como los ingresos), pero existen algunas distinciones en cuanto a cuándo y en qué cantidades pueden ocurrir las deducciones.

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Las pérdidas de criptomonedas que se derivan de casos específicos definidos como “venta” o “intercambio”, por ejemplo, estarían sujetas a limitaciones de deducción. Sin embargo, en otras situaciones, como el robo de criptomonedas o casos en los que los titulares abandonan sus activos (a través de cuya u otros medios destructivos), los contribuyentes podrían deducir las pérdidas en su totalidad.

Esto se basa en la información proporcionada en la publicación del IRS. 551, como se cita en el tema 409:

“Casi todo lo que posee y usa para fines personales o de inversión es un activo de capital. Los ejemplos incluyen una casa, artículos de uso personal como muebles para el hogar y acciones o bonos que se tienen como inversiones”.

Según los investigadores, las pérdidas de criptomonedas deberían regularse de manera diferente a otros activos de capital. La afirmación inicial realizada en su investigación es que “el gobierno comparte esencialmente el riesgo creado por las actividades de los inversores” al ofrecer un deducible contra las ganancias de capital.

Su argumento concluye que se debe construir un nuevo marco fiscal en el que las pérdidas de criptomonedas solo puedan deducirse de las ganancias de criptomonedas.

Según los investigadores, “las pérdidas de un tipo de actividad no deben utilizarse para compensar o proteger los ingresos de otra actividad”. Esencialmente, esto sugiere que la criptomoneda debe quedar privada de otras deducciones de ganancias de capital.

Sin embargo, los investigadores reconocen que otras pérdidas de capital no reciben un tratamiento similar y afirman que, actualmente, una "pérdida por la venta o el intercambio de cualquier activo de capital puede compensar la ganancia de la venta o el intercambio de cualquier otro activo de capital".

En cuanto a por qué las pérdidas de criptomonedas no deben recibir la misma consideración fiscal, los autores afirman que al compartir los riesgos con los inversores de criptomonedas al ofrecer deducciones por pérdidas en las ganancias de capital, el gobierno puede estar asfixiando la economía y dañando el mercado de criptomonedas:

“Este riesgo compartido puede alentar la inversión en criptomonedas y alejarla de otras actividades de inversión de valiosa importancia económica. El riesgo compartido también puede alentar a los inversores a abandonar repentinamente la criptoindustria, lo que puede dañar los intercambios legítimos y los inversores restantes".

A pesar de la conclusión aparentemente subjetiva, los autores reconocen que evitar que los contribuyentes apliquen las pérdidas de criptomonedas a otras ganancias de capital podría perjudicar a los inversores que, bajo el statu quo, tendrían derecho a la misma desgravación fiscal y recuperación que aquellos que sufren pérdidas de activos similares no relacionadas con las criptomonedas. .

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